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¿Por qué piensa usted que son sus Estatutos los que le han permitido a la Fundación Arturo Irarrázaval Correa haberse mantenido tan exitosamente en el tiempo?

En los estatutos de una fundación se encuentran todos los aspectos que importan para su funcionamiento. Son las normas que definen su quehacer, organización y administración. Indican su objeto de actividad, la forma de administrar el capital, los cargos que la integran, la duración de éstos y la forma de compensarlos. En este caso, la Fundación ha sido exitosa por los estatutos que hizo para ella su Fundador, y por la correcta interpretación e irrestricto apego que se ha hecho a lo que ellos indican.

El Estatuto que da origen a la Fundación es de 1920. Luego, don Arturo le hizo siete reformas a ese texto. Introdujo una primera reforma el año 1925 y la última fue en 1962. Si uno estudia esas modificaciones, se puede observar que cada una de ellas responde absolutamente a su personalidad y estilo.

¿A qué se refiere al señalar que responden a su personalidad y estilo?

En primer lugar, hacer una Fundación para beneficiar la educación técnica y cristiana en 1920 fue algo extraordinario. Nos dice de él que era una persona pragmática, que deseaba ayudar a los niños chilenos por medio de la enseñanza de oficios, una enseñanza que es la que más les iba a ayudar a autosustentarse como adultos. Se dio cuenta de la importancia de la enseñanza técnica, y de cómo esta podía beneficiar a los niños, jóvenes y a la sociedad en general. No se dejó llevar por la corriente de la época y tampoco creó una fundación para darse prestigio o fama. La educación técnica siempre ha sido la pariente pobre del sistema educacional en Chile y no tiene nada de glamorosa, es útil. En el artículo primero de los Estatutos dice que el objeto de su Fundación será:

“contribuir a que aumente el número de niños chilenos que reciban educación e instrucción moral y práctica mediante auxilios en dinero a escuelas y talleres anexos que enseñen oficios manuales y moral cristiana”.

Y, más adelante, en el artículo 60 expresa:

“no podrá modificarse en los Estatutos en caso alguno el objeto de la Fundación”.

Estamos frente a una persona que sabía lo que hacía y estaba determinada a sacar adelante su proyecto. Sabemos que don Arturo dirigió personalmente la Fundación en todos sus quehaceres durante más de cuarenta años. Desde que la creó hasta muy poco antes de morir. Su personalidad y estilo se reflejan también, por ejemplo, en el artículo 59, donde indica:

“durante la vida del Fundador solo él podrá modificar los presentes Estatutos”.

Y después dice:

“fallecido el Fundador, para reformar los estatutos será necesario que las modificaciones se acuerden en la Junta de Vigilancia con el 75% de los miembros”.

Ello quiere decir que no quería que nadie más le hiciera cambios a su Fundación durante su vida, y muy difícilmente después de su muerte.

Como le señalaba, en vida don Arturo le hizo siete modificaciones a los Estatutos, de las cuales, a mi juicio, las más importantes son la penúltima y la última; es decir, las de los años 1954 y 1962. Estas se refieren a la instauración de un Consejo y a su sucesión, respectivamente. Yo tengo la teoría de que don Arturo en la reforma del año 1962 se sentía débil, ya que lo que hace es preparar la Fundación para un futuro sin su conducción; y lo hace con una visión de futuro sorprendente.

En términos generales, ¿por qué dice usted que don Arturo Irarrázaval Correa fue tan visionario?

En términos generales, porque todo lo que dispuso en los Estatutos lleva a esta Fundación a asemejarse más a una sociedad anónima que a una típica institución de beneficencia. En primer lugar, dispuso claramente cómo se debe administrar el capital; señaló cómo deben elegirse los integrantes del Consejo y la Junta de Vigilancia, indicando en detalle algunas características que deben tener esos candidatos; dispuso que todos los integrantes, tanto del Consejo como de la Junta de Vigilancia, deben recibir una retribución económica por sus servicios, y que ella debe ser generosa cuando las inversiones han ido bien y escuálida cuando han ido mal; es decir, puso incentivos a quienes participen. Todos estos conceptos eran muy novedosos en la época en que él lo dispuso de esta manera. Llegó a puntualizar diversas situaciones que podrían ocurrir y protegió la Fundación indicando con detalle lo que debía hacerse en la oportunidad. Por ejemplo, el artículo 42 que dice:

“El Gerente podrá pedir licencia hasta por 6 meses consecutivos y en tal caso se nombrará un Subgerente provisorio, para una licencia por mayor tiempo se requiere acuerdo unánime de los consejeros presentes en la sesión y en cuanto a remuneraciones regirá lo indicado en el artículo anterior”.

Esto demuestra que él se planteaba una cantidad de situaciones que podían ocurrir y protegía el accionar de la Fundación. Notable. Don Arturo se ocupó mucho de los Estatutos, y varios abogados, como don Julio Philippi y mi padre, Raúl Yrarrázaval, lo ayudaban a concretar sus ideas. Él ponía la idea y ellos le daban cuerpo legal. A veces eran ideas muy locas para la época, pero ellos se las trabajaban con bastante paciencia.

Respecto del capital, ¿cómo dispuso el Fundador que debía ser administrado?

Respecto del capital fue muy explícito y fue a lo que él más tiempo dedicó. De acuerdo con su visión, ello era primordial, ya que indiscutiblemente solo con capital la Fundación puede lograr su objetivo, que es entregar recursos a la enseñanza técnica y cristiana.

Para la administración del capital dio una fórmula clara y precisa, que llamamos 50, 40, 10. Ello significa que, de los réditos que da el capital invertido de un año a otro, un 40% debe destinarse a incrementar el capital; un 50% debe distribuirse a los establecimientos educacionales y un 10% debe ser utilizado en la administración. Esto está en varias partes de los Estatutos. Además, es muy explícito en lo que se refiere al 10% para la administración, ya que indica que no puede ser superior a ese porcentaje en todos los aspectos de ella: remuneraciones, arriendos, cuentas, etc. La única excepción que hace a esta fórmula son indicaciones respecto de cuando hubiese una situación de riqueza extraordinaria. Esto refleja, además, que pensaba en grande. Dice, por ejemplo, que cuando el activo líquido de la Fundación sea equivalente a más de un millón de libras esterlinas oro (algo que hoy no se mide así), solamente en esa ocasión se podría reinvertir un 20%, y no el 40%. Y después dice que, si ese activo excede los dos millones de libras esterlinas oro, entonces se podría capitalizar un 10%.

¿Cuántos fueron los aportes que don Arturo le hizo a su Fundación?

En las dos últimas páginas de los Estatutos están indicadas las donaciones que don Arturo le hizo a la Fundación. En moneda de la época, la primera fue de cien mil pesos, y en seguida legó dos millones quinientos mil pesos de ese tiempo. Una vez sacamos la cuenta y todo ello era equivalente a unos 25 millones de pesos de hoy. Es decir, no es que haya dado una cifra descomunal, pero su habilidad en el mundo financiero y las disposiciones de reinvertir el 40% de los réditos –es decir, de aumentar el capital reincorporando recursos– han sido primordiales para lograr los resultados que tenemos hoy. Recordemos que don Arturo dirigió también la Fundación que había hecho su madre, la señora Isabel Correa, y según lo que sabemos, legó la misma cantidad de recursos a la Fundación Escuelas de la Araucanía que a su Fundación. Pero esa Fundación nunca tuvo estos Estatutos, parecidos a los nuestros, y además por otros motivos no logró perpetuarse.

Y en cuanto a la organización, ¿qué dispuso don Arturo en los Estatutos?

En el asunto de la organización y distribución de responsabilidades sus indicaciones han sido fundamentales para la perduración de la Fundación. Hay que recordar que don Arturo dictaminó todo el quehacer de su Fundación hasta poco antes de morir. En las Actas de esa época se observa que había Consejeros, pero yo creo que nunca se reunían como lo hacemos hoy. En términos reales, don Arturo se entendía directamente con don Juan Echeverría, quien era en esa época Gerente de la Fundación. Desde cualquier lugar del mundo donde se encontrara, don Arturo mandaba instrucciones para que don Juan vendiera o comprara acciones. Durante años no se necesitaron más personas que don Arturo y don Juan Echeverría para cumplir con los fines de la Fundación. Ello indica que don Arturo seguramente pensó muy bien en cómo estructurar una organización donde distintas personas tendrían que tener diferentes responsabilidades, y seguramente vio las dificultades y los peligros de organizarse de una u otra forma. Ahora, por qué le dio tanta importancia al Consejo, seguramente porque se dio cuenta de que el Consejo era clave para que perdurara la Fundación.

Entiendo que don Arturo modificó el Consejo de Administración cuando él estaba al mando.

En la reforma a los Estatutos del año 1954, don Arturo instituyó verdaderamente un Consejo. Esto fue unos ocho años antes de fallecer, probablemente por esa época se sentía menos activo. En la oportunidad, dispuso que el Consejo estuviese integrado por siete personas, y posteriormente, en la modificación del año 1962 agregó otros asuntos, y lo más importante es que instauró la posición de Consejero Vitalicio. Indicó que el Consejo debía estar integrado por diez personas. Y distinguió entre Consejeros Titulares, siete, y Consejeros Suplentes, tres. Los Consejeros Vitalicios son parte de los primeros siete. Es decir, debe haber cuatro Consejeros Titulares y tres Consejeros Suplentes, y tres Consejeros Vitalicios que son titulares.

Esta distinción ha resultado muy importante porque en definitiva dejó el control a los Consejeros Vitalicios. Ello permitió que todos los años se eligiera un Titular y un Suplente. Esa fue otra de las modificaciones que introdujo en los Estatutos. Estableció que los candidatos a ser elegidos Consejeros fueran elegidos por los Consejeros Vitalicios. Entonces, los Consejeros Vitalicios tenemos que hacer una lista de entre los miembros de la Junta de Vigilancia que pudieran ser miembros del Consejo. Esto se hace todos los años.

Primero se plantea a la Junta de Vigilancia si se desea reelección o no, y eso se vota. La mayoría, por lo general, desea reelección, y para ello están los nombres de las personas que han vencido en sus cargos y hay más reelecciones que nuevos consejeros.

También entiendo que a don Arturo le importaba especialmente la retribución a quienes tuvieran tareas en la institución.

Don Arturo dispuso que este Consejo tuviera que ser remunerado. Es notable su visión respecto de la importancia de los incentivos. Participar en su Fundación tenía que ser remunerado, a diferencia de tantas instituciones de beneficencia que exigen entregar tiempo y conocimientos y que, por no recompensar los esfuerzos de sus integrantes, al poco tiempo los pierden. Y de ahí se le ocurrió la fórmula de que a los Consejeros se les paga un porcentaje de los excedentes. Es un porcentaje dentro del 10% que corresponde a la administración. Indicó que el porcentaje debía estar referido a los excedentes, un 4% es lo que se va a entregar por este concepto. Entonces, dijo que, si los excedentes aumentaban los desembolsos, aumentan en la misma proporción, y si disminuyen, se disminuyen los pagos. Tanto es así que estableció que no se puede pagar ninguna remuneración antes de que esté aprobado el balance de la Fundación, para así saber cuánto son los excedentes. Y no se debe hacer ninguna proyección, y menos adelanto de recursos de ningún tipo. Entonces, tenía la idea fija de que las compensaciones a los integrantes del Consejo debían estar en función de los resultados. Durante mucho tiempo, los excedentes de la Fundación fueron bastante bajos, entonces el 4% era muy poco y ahora es alto.

¿Y cuáles son los requisitos para integrar la Junta de Vigilancia?

Los requisitos para ser miembro de la Junta de Vigilancia están en el artículo 50 de los Estatutos y para Consejero es el artículo 20. Cabe agregar que, entre las disposiciones para ser Consejero, está la de probidad. Una de ellas indica:

“No podrán ser elegidos Consejeros ni permanecer en el desempeño de estos cargos los que estén inhabilitados para ser jueces de mayor cuantía”.

Tuvimos el caso de un Consejero que había quebrado y no pudo continuar.

Otro aspecto genial de don Arturo es que a los integrantes de la Junta de Vigilancia se les compensa por asistencia efectiva. Hoy, un integrante de la Junta de Vigilancia obtiene alrededor de 150 mil pesos por asistir, y se entiende asistencia de cuerpo presente, no por el que manda poderes. Don Arturo deseaba que esta fuera una Junta de Vigilancia en serio; si bien él quería que fuera una reunión familiar, también quería que sus participantes recibieran de parte del Presidente de la Fundación y de su Gerente información acerca de los resultados y los proyectos del trabajo de la Fundación. Actualmente, la Junta de Vigilancia todos los años ratifica la Memoria Anual de la Fundación, documento que es enviado con anterioridad a cada uno de sus integrantes.

Al presente, participan en la Junta de Vigilancia del orden de 70 a 80 personas de un total de 110. Es simpático recordar que don Arturo tenía la manía de los números primos, y por eso la Junta de Vigilancia a lo más puede tener 121 integrantes, ese es el máximo de miembros.

Se ve que el Fundador pensó todo de manera muy sistemática…

Cuando todos estos antecedentes se van uniendo, se observa cómo todo ha sido dispuesto congruentemente. Incluso, cuando don Arturo designa a don Juan de Dios Vial como Presidente y como Consejero Vitalicio, para luego establecer que los siguientes son designados por el Consejo. Con el tiempo, a medida que algunos integrantes, como mi padre, murieron, siempre han sido reemplazados por integrantes de su misma rama de la familia.

¿Por qué cree usted que don Arturo le pide a don Juan de Dios Vial Larraín que se haga cargo de su Fundación?

Este caballero era muy inteligente. Don Arturo, al elegir a Juan de Dios Vial Larraín para ser su sucesor en la Presidencia de la Fundación, no se equivocó. Don Juan de Dios debe haber tenido unos 30 años, pero ya era un abogado que trabajaba con mi padre y era muy destacado, y a su conducción le debemos que haya perdurado esta institución. Honestamente, entre las cosas que ha hecho maravillosamente, ha sido esencial la protección del espíritu de los Estatutos, manteniendo la conducción de la Fundación al pie de la letra de lo que éstos señalan. Además, por ejemplo, el año pasado o antepasado incorporamos 15 nuevos miembros a la Junta de Vigilancia, personas de la familia muy jóvenes, y don Juan de Dios vino a hablarles personalmente acerca de la Fundación. Ha demostrado un gran compromiso y se ha ocupado extraordinariamente de la Fundación.

¿Y respecto de quienes trabajan día a día en la Fundación, hubo disposiciones específicas?

Estableció el cargo de Gerente General y Subgerente General, aunque no hemos tenido este último ya hace algún tiempo. La figura del Gerente General siempre ha sido muy importante. Las disposiciones dicen que, si por alguna razón fallare el Gerente, debe haber alguien que lo reemplace y ese sería el Subgerente. Y también estableció una remuneración para el Gerente y el Subgerente. La estableció en términos de porcentaje, igual que todas las otras. El artículo 40 indica que:

“La remuneración anual del Gerente será del 4% de los réditos netos” –que quiere decir en lenguaje de hoy, los excedentes–, “y la del Subgerente del 1%”.

Esto hubo que modificarlo, porque actualmente no se puede tener un Gerente que pase un año sin remuneración y que solo la obtenga luego de conocido el balance del año anterior. Por lo tanto, cuando llegó Aníbal Vial al cargo de Gerente General, por acuerdo unánime en el Consejo cambiamos y dispusimos una remuneración de mercado.

Otro aspecto que hubo que modificar fue lo relativo a si podíamos estar activos en el mercado de instrumentos de deuda, porque a don Arturo le gustaban solamente las acciones; entonces, estuvimos debatiendo si era prudente que estuviéramos solo en el mercado de las acciones. En la época de don Arturo el mercado financiero era solo acciones, y si esas acciones no daban dividendos, entonces había que cambiar a otras. El mercado de capitales como lo conocemos hoy no existía en la época del año 1920, por lo cual hoy en día la Fundación no se debe excluir de tener instrumentos que le son útiles. Estos nuevos instrumentos nos han permitido programar los pagos a las escuelas. Esto se explica por el cambio de los tiempos y también por los cambios en cómo entregamos hoy recursos a las escuelas, contra proyectos en sus diferentes etapas de desarrollo.

¿Se ha intentado modificar estos Estatutos?

Sí; de hecho, consultamos acerca de modificar estos Estatutos, pero nos fue mal. Afortunadamente nos fue mal. Efectivamente, como han pasado tantos años en que nos regimos por estos Estatutos, hicimos un trabajo con don Juan de Dios. Revisamos cada una de las normas preguntándonos cómo actualizarlas manteniendo su espíritu, lo que el Fundador quiso de cada una de ellas, y no tuvimos quórum para aprobarlas en una Junta, como corresponde. Y poco después se promulgó la Ley de Asociaciones, que salió en un mes de febrero. Nadie tenía la menor idea de que venía esta Ley de Asociaciones, y menos aún de sus disposiciones, las que restringen a las corporaciones y fundaciones en muchos aspectos que considero lamentables. Afortunadamente, no cambiamos los Estatutos porque, de acuerdo con la Ley de Asociaciones, solo las Fundaciones que no hubiesen cambiado sus Estatutos podían continuar con ellos. Es decir, si los hubiésemos modificado, tendríamos que habernos regido por la nueva Ley de Asociaciones. Y esta ley contiene disposiciones que, en su espíritu, son absolutamente contrarias a lo que disponen los Estatutos que hizo nuestro Fundador.

Aún hoy escuchamos a algunos decirnos que hay que cambiar los Estatutos, pero la verdad es que por ahora no se pueden cambiar los Estatutos porque desnaturalizaría totalmente el gran y genial proyecto de don Arturo en favor de la instrucción técnica con inspiración cristiana.